Диссертация (1168529), страница 47
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Sr. a propósito para hacer estadecisivamente que es después de las lluvias, va a pasar y sin culpa mía; puesoportunamente lo preví siendo la prueba inconcusa que tengo contestaciones delministerio, a las que si los recursos hubieran acompañado el desarrollo de misoperaciones, y plan de campaña decisiva se estaría ya practicando no obstante quela guerra ordinaria continua sin interrupción.293Sin facultades, y por consiguiente sujeto a voluntad ajena y aresponsabilidades, sin dinero ni autorización para procurarlo ¿qué general en elmundo ha podido ni podrá jamás hacer guerra alguna..?Si pues no es posible hacerla, aunque tengo la conciencia de haber puestotodos los medios y tocado todos los resortes según a V.E. consta para llevarla alcabo; si no obstante la prensa ha indicado ya, que yo prefiero las delicias de capúacuando vegeto apenas una existencia llena de sinsabores; y cuando desde mi niñeztoda mi vida la he pasado en la compaña según sabe la nación entera, siendo la guerraque mi clemento, el movimiento mi salud, y la gloria mi anejo; si pues bien es ciertoestoy en mi derecho como general de obligar a los soldados a batirse y sacrificarsepor su patria no lo tengo ciertamente para arrastrarlos al desierto a morir de hambreaventurándoles a ser derrotados sin batirse, y al Estado a un descalabro irreparable,si pues días y más días han de pasar sin conseguir gloria ni el honor de pacificar alpaís para lo que todo el mundo conoce no se necesita más que avanzar sus fuerzassobre un enemigo que siempre huye, ¿qué otro recurso le resta a un hombre de honor,sino dejar el puesto para que lo reemplace otro, que tal vez pueda, sepa o valga más..?Al Gobierno Supremo suplico se sirva admitirme la formal renuncia que le hago delmando militar de la península, exponiéndole respetuosamente que si bien mi vida essuya, supuesto que la debo a mi patria; si mi salud aunque valetudinaria por treintay cinco años de servicio me pertenece y bien puedo sacrificársela, mi reputación no,por ser propiedad de mi familia y evidente a toda luz, que la generación presenteningunos derechos puede alegar sobre las del porvenir.Sírvase V[uestra].E[xcelencia].
tomar en consideración lo sumisamenteexpuesto, elevarla a la muy alta del Exc[elentísi]mo. S[eñor]r. Presidente, y aceptarambos desde ahora y a perpetuidad, mis más cumplida gratitud por la exoneraciónque con el mayor encarecimiento suplico.Dios y lib[ertad]. Mérida, se[p]t[iembr]e 16 de 1850.[Manuel Micheltorena]294Di cuenta al E[xcelentísimo].S[eñor]. Presidente con la comunicación deV[uestra].S[eñoría].
N[úmer]o. 250 en que hace renuncia del mando que ejerce enese Estado por los fundamentos que expone minuciosamente; y S[u].E[xcelencia].mandándome no entrar en el análisis de ellos porque deben ser la materia de otrasnotas de este ministerio, me ordena diga a V[uestra].S[eñoría]. que una comandanciageneral no puede considerarse como un empleo, único caso en que pudiera serrenunciable: es si una comisión militar para la que el Supremo Gobierno puedeemplear los servicios de cualquiera general en quien considere que existen las dotesque se requieren para un buen desempeño. Toca al mismo gobierno calificar si hayaptitud o no en la persona a quien confiere alguna comisión del servicio y por tantoS[u].E[xcelencia]. que no tiene por que arrepentirse de haber depositado conV[uestra].S[eñoría].
su confianza para el desempeño de esa comandancia general nose ha servido tomar en consideración, sobre este punto de la renuncia, el precitadooficio de V[uestra].S[eñoría].Ha sido visto con desagrado por S[u].E[xcelencia]. el que V[uestra].S[eñoría].mandase imprimir y desde luego circular dicho oficio, en primer lugar, porqueperteneciendo más que a V[uestra].S[eñoría].
al Supremo Gobierno a quien lodirigió, a esta tocaba darle publicidad, si así lo creía conveniente, o por los menosdebió expresar V[uestra].S[eñoría]. a obtener su superior aquiescencia para dar aquelpaso; y en segundo lugar porque las especies que contiene el oficio en cuestión cedenen descrédito del Supremo Gobierno, sin que pueda decirse con justicio omerecidamente porque no siempre está en manos del ejecutivo el remedio de todoslos males, y V[uestra].S[eñoría]. celoso de temor de los derechos y el honor delgobierno no debió haber dado lugar a que se hiciesen públicas las necesidades de laadministración de esa península, con lo cual es necesarios que se hayan alentado mássus encarnizados enemigos.Ni puede servir a V[uestra].S[eñoría]. de disculpa el considerar que sureputación padecía a consecuencia de las dificultades de su posición porque paratener derecho de alegar esto como motivo debió esperar a los repetidos ataques de295la opinión pública en que exclusivamente se le hiciesen sargos, cosa que hasta aquíno ha acontecida ni aún una vez sola.Las manifestaciones de V[uestra].S[eñoría].
sobre sus multiplicadasnecesidades para desempeñar con buen éxito el mando han sido y son la materia deque más preferentemente se ocupa el gobierno, serán aquella remediadas; pero encualquier caso a V[uestra].S[eñoría]. no le corresponderá responsabilidad ningunapor actos meramente personales en desempeño de la comisión que le hacorrespondida por voluntad y confianza de E[xcelentísimo].S[eñor]. Presidente.Dios y l[ibertad]. Oct[ubre] 15 de 1850.S[eñ]or. Comand[ante] g[enera]l de Yucatán, Mérida.[подпись]2967.
Документы, связанные с назначением бригадного генерала РомулоДиаса де ла Вега главнокомандующим штата Юкатан: общие инструкции иинструкции по реформированию вооруженных сил на полуострове от 16апреля 1951 г. AHSEDENA Exp. IX/481.3/3255. F.
2-5, 9-10.297298299300301302303304305306307Instrucciones.El E[excelentísimo].S[eñor]. Presidente que ha recibido últimamente nuevosinformes sobre el estado que guarda la guerra en la Península de Yucatán ha tenidoa bien acordar que se den a V[uestra].S[eñoría]. las siguientes instrucciones.1ª. El General Vega, en Jefe de la División de su nombre y Comandante general delEstado de Yucatán, formará su División: 1º de una Brigada compuesta del 6ºBatallón de línea del Batallón activo que se ha mandado formar en la Península y deuna compañía de artillería permanente que allí existe: 2º De las 3 Brigadascompuestas de la Guardia móvil, según se le previene en instrucciones separadas.2ª. Se faculta al S[eño]r. General Vega para organizar la guardia nacional móvil deYucatán, de la manera que se le previene en la instrucción separada adjunta,poniéndose de acuerdo con el E[excelentísimo].S[eñor].
Gobernador que debeexpedir los Despachos de los oficiales de la mencionada Guardia.3ª. Se le autoriza igualmente para elegir los Jefes que deben mandar los cuerpos deGuardia móvil y las Brigadas que debe formar con estos cuerpos, como parte de suDivisión.4ª. Se le autoriza también para formar el Batallón activo, conforme a las órdenes quese han dado con anterioridad y encontrará en el archivo de aquella Comandanciageneral y a lo que se previene en estas instrucciones, y para elegir a los Jefes yOficiales de dicho Batallón, dando conocimiento al Gobierno de los que haga.5ª.
El expresado Batallón activo lo formará con la tropa que elija del Batallón ligero,y la de la Guardia nacional que voluntariamente quisiera alistarse en él, o que seadestinada por el E[excelentísimo].S[eñor]. Gobernador.6ª. El Estado militar de la División Vega se compondrá de un Teniente Coronel: dosComandantes de Escuadrón: dos Capitanes y un Teniente; y la Secretaría de laComandancia general, de un Jefe Secretario: uno id. Fiscal de canoas y cinesCapitanes y subalternos auxiliares o ayudantes.3088ª. Los oficiales que en virtud de estos arreglos resulten sobrantes si fueren deguardia nacional se retirarán a sus casas o serán destinados por elE[excelentísimo].S[eñor]. Gobernador a los cuerpos sedentarios; y si pertenecierenal Ejército, se les propondrá para su licencia ilimitada, pues no debe haber másoficiales en servicio que los que se detallan en estas instrucciones.9ª.